El Partido Fuerza del Pueblo (FP), pidió a la Junta Central Electoral (JCE), regular la participación de los precandidatos que sean funcionarios, empleados públicos y de los ayuntamientos, a fin de evitar el uso y abuso de los recursos del Estado durante la precampaña. La organización demandó la elaboración de un reglamento.
La organización hizo la solicitud en una instancia firmada por el delegado político, Manuel Crespo y el delegado técnico ante la Dirección de Elecciones, José Manuel Hernández Peguero.
"Consideramos conveniente que, dicho reglamento solicitado establezca, entre otras disposiciones, la prohibición expresa de dichos precandidatos de disponer en cualquier modalidad de los fondos y bienes públicos bajo su administración o dirección, incluyendo el uso de las áreas físicas y espacios", dice el documento.
Asimismo, que prohíba que los funcionarios o empleados públicos de organismos del Estado y de los ayuntamientos, puedan usar los equipos, materiales, instrumentos y personal que pertenezca a la institución u órgano estatal al cual presta su servicio.
Además, que el reglamento establezca la prohibición de la realización de actos inaugurales de obras públicas y de programas de apoyo social o comunitarios; de actividades o manifestaciones de carácter proselitista a favor de su precandidatura, de su partido o relacionados.
También la organización solicitó a la JCE evitar que el funcionario que sea precandidato pueda obstaculizar la libertad de propaganda, reunión o actividades de los precandidatos de los partidos opositores.
"Creemos oportuno, que el reglamento dicte instrucciones especiales y complementarias a la Unidad Especializada de Control Financiero para que supervise y garantice eficazmente, el no uso de los fondos y bienes públicos de las entidades u organismos públicos cuyos titulares, funcionarios o empleados sean precandidatos y de aquellos que promuevan sus afines políticos", indica la instancia.
La organización recuerda que la JCE tiene la facultad de organizar, administrar, supervisar y arbitrar los procesos internos para la escogencia de los precandidatos o candidatos a cargos de elección popular y de tomar las medidas que garanticen dichas atribuciones, tal y como lo dispone el artículo 20 y demás de la Ley 20-23 del Régimen Electoral.
Fuente Diario Libre