El proyecto que los diputados convirtieron el martes en ley, que dispone la creación de la Empresa Generadora de Electricidad Punta Catalina, excluye la propuesta inicial sometida por el Poder Ejecutivo de que esta entidad sea transitoria hasta tanto se apruebe y constituya el fideicomiso sometido anteriormente al Congreso Nacional para la adecuada operación de la central energética.
El proyecto original sometido por el Poder Ejecutivo al Senado en mayo de 2022, indica que “se crea, transitoriamente, la Empresa de Generación Eléctrica Punta Catalina”, con el fin de traspasar la administración de las unidades de generación eléctrica, equipos, sistemas y edificaciones que componen la Central Termoeléctrica Punta Catalina.
En los Considerando de dicho proyecto se observa que el Poder Ejecutivo ya ha sometido a la consideración del Congreso Nacional y ante el Consejo Económico y Social, un proyecto de fideicomiso que, de ser aprobado, se constituirá en el vehículo jurídico financiero para la administración de Punta Catalina.
Además, que mediante la ley propuesta “se crea, transitoriamente” la citada empresa, que tendrá como existencia límite el hecho de que sea aprobado y constituido el fideicomiso.
Sin embargo, en el proyecto convertido en ley –y pendiente de promulgación por el Ejecutivo- no figura el carácter de transitoriedad de la empresa que administrará la central, que opera con carbón mineral en la provincia Peravia, con una generación de 752 megavatios, representando hasta el 30 % de la demanda eléctrica del país.
Fuente: Diario Libre