lunes, mayo 20, 2024
spot_img

JCE establece cuota de género y devolverá candidaturas que no cumplan con ella

Más para leer

La Junta Central Electoral (JCE) emitió la resolución 12-2023 a través de la cual establece el mecanismo que deben utilizar las organizaciones políticas para la presentación de listas de candidaturas plurinominales de diputaciones, regidurías y vocalías de cara a las elecciones del próximo año.

De acuerdo al artículo 53 de la Ley de Partidos 33-18, la JCE y las juntas electorales no admitirán listas de candidaturas para cargos de elección popular que contengan menos del 40 % y más del 60 % por ciento de hombres y mujeres por demarcación electoral.

Esto quiere decir que, si en una demarcación se requiere 10 regidores, cuatro de esas candidaturas las debe ostentar mujeres y seis hombres o viceversa: "cuatro candidatos y seis candidatas".

En la resolución, la Junta despliega las listas con los cálculos de la proporción correspondiente de acuerdo a la cantidad de representantes que necesita una demarcación.

A su vez, indica que las candidaturas de suplencias deben ser del mismo sexo del titular para preservar la cuota de género en todo momento.

Junta Central Electoral emitió el 8 de mayo la resolución 12-2023.

El párrafo II del referido artículo establece que en los casos que no se cumplieran la cuota de género, "la Junta Central Electoral y las juntas electorales devolverán dicha lista al partido, agrupación o movimiento político que corresponda, para que en un plazo no mayor de 72 horas cumplan con la ley, de lo contrario, no se aceptarán las postulaciones a los partidos en las demarcaciones electorales donde no se haya cumplido con este requisito legal, declarándose desierta la presentación de candidatos por el partido en esa localidad".

Fuente Diario Libre

Relacionados

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here

Actualidad